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El municipio y la práctica de actividades físicas. Recursos materiales y humanos. Implicaciones en el currículo de la Educación Física escolar.

RESUMEN DEL TEMA 65 DEL TEMARIO OFICIAL DE LA ESPECIALIDAD DE EDUCACIÓN FÍSICA SECUNDARIA 

 

Autores: Marina Barba(coord.), Javier Coterón, Miguel Prieto, Vania Becerril.

 

 

Esquema:

1.- Introducción .

2.- El municipio y la práctica de actividades físicas.

3.- Recursos materiales y humanos.

4.- Implicaciones en el currículo de la Educación Física escolar.

5.- Conclusión.

6.- Referencias bibliográficas y normativa.

 

 

1.- INTRODUCCIÓN

A lo largo del tema vamos a defender que para poder llevar a cabo una promoción adecuada de las Actividades Físico Deportivas (AFD)a nivel local, es necesario considerar el importante papel que desarrollan los Municipios, dotando a los mismos de recursos adecuados sin los cuales se reduciría bastante la posibilidad de práctica.

Comenzaremos viendo qué se entiende por Municipio y qué legislación regula sus competencias, contemplando la relación que se establece con la Actividad Física (AF).

A continuación analizaremos los recursos necesarios para la adecuada promoción de esta AFD a nivel local, atendiendo a los recursos materiales y humanos.

Finalmente nos detendremos en las implicaciones del Municipio con el Centro docente, centrándonos en el currículo de Educación Física (EF).

Nos encontramos ante un tema importante ya que el Centro escolar constituye uno de los núcleos de interés que puede contribuir al desarrollo de las capacidades así como de valores que incidan en una práctica de AF saludables y educativas.

 

 

2.- EL MUNICIPIO Y LA PRÁCTICA DE ACTIVIDAD FÍSICA

Aguilera (1992): Entendemos por poderes públicos el conjunto de órganos que llevan a cabo su actividad para satisfacer las necesidades públicas (bienes que deben ser provistos por el Estado: justicia, defensa…)

Existen muchos tipos de poderes públicos y los podemos clasificar atendiendo a:

1. Al criterio de funciones, vemos que el Estado está formado por tres poderes públicos:

    • Poder legislativo: poder supremo. Establece las bases legales para la convivencia.
    • Poder ejecutivo: encargado de la administración de lo legislado.
    • Poder judicial: vela por el correcto desarrollo, y la aplicación de lo legislado.

 

2. Una segunda clasificación es atendiendo al ámbito territorial o de actuación. De esta manera los poderes públicos se aglutinan a:

    • Responsabilidad del Estado: nivel nacional.
    • Responsabilidad de las CCAA: nivel comunitario.
    • Responsabilidad de las corporaciones locales (provincias, municipios): nivel local.

Podemos definir Municipio como entidad local básica en la organización territorial del Estado. Sus elementos definitorios son:

  • Su territorio o situación geográfica.
  • Población (edad, sexo, características, tasa natalidad /mortalidad, inmigración).
  • organización.

También se define como el conjunto de habitantes de un término jurisdiccional regido en sus intereses vecinales por el Ayuntamiento.

Es una administración pública prestadora de servicios comunes de mayor cercanía en sus intereses vecinales por su Ayuntamiento.

El ayuntamiento es el órgano de gobierno y administrativo de un municipio.

(La autonomía a nivel de municipioes a través de la administración, puede autogestionarse.)

( La autonomía a nivel deComunidades Autónomas (CCAA) es a nivel político, teniendo potestades legislativas)

 

 

3.- RECURSOS MATERIALES Y HUMANOS.

Siguiendo a de Andrés (1995) es cada vez más urgente la necesidad de disponer de espacios e instalaciones para la AF y el deporte. En el ámbito de los Municipios, las instalaciones, los materiales condicionan la elaboración y los recursos humanos suponen la puesta en práctica de estos programas de AF y Deporte.

Por consiguiente se hace exigente la necesidad de disponer de espacios, instalaciones, y materiales útiles para la puesta en escena de todos los contenidos de estos programas.

Para la realización de la actividad física o deporte es necesario un espacio, unos recursos materiales.

Estos espacios a su vez, se clasifican en convencionales y no convencionales.

1. convencionales: vienen a ser las instalaciones deportivas propiamente dichas. Son edificaciones, áreas de juego y conjunto de campos para el deporte y el ocio. Se han construido específicamente para permitir la práctica deportiva. Son un conjunto de uno o mas espacios de actividad y/ o auxiliares físicamente continuos y con una homogeneidad en la gestión. Pueden ser:

    1. Al aire libre: pistas polideportivas, pistas de atletismo.
    2. Cubiertas: salas, pabellones, vasos de piscina.

2. No convencionales: espacios susceptibles de ser utilizados para la AF sin que este sea su objetivo primordial. Ejemplo: plazas, parques, campo.

La Normativa de instalaciones deportivas y de esparcimiento, conocida comúnmente como normativa NIDE, está elaborada por el CSD, y tiene como objetivo definir las condiciones reglamentarias y de diseño que deben considerarse en la construcción de instalaciones deportivas.

 

 

4.- LAS IMPLICACIONES EN EL CURRICULO DE EDUCACIÓN FÍSICA

La relación entre el sistema educativo y las entidades publicas como puede ser el Ministerio de Educación y Ciencia, queda establecida en 1988 con el Plan de Extensión de la EF y el Deporte escolar en centros docentes no universitarios

Este importante proyecto ha permitido dotar a muchos centros de enseñanza públicos de Primaria y Secundaria de los medios necesarios para impartir la Educación Física curricular y, además, ha fomentado el hábito deportivo a través del deporte como actividad extraescolar.

Con ello se ha contribuido al desarrollo de auténticas áreas educativas para una formación integral, creando, también, en muchos municipios una importante infraestructura de instalaciones deportivas al servicio de toda la colectividad.

Las finalidades planteadas por el plan de extensión de 1988, son hoy en día una realidad.

Se estántomando las medidas adecuadas para desarrollar la capacidad física de los jóvenes, para permitirles adquirir destrezas físicas y deportivas de base y para fomentar la práctica del deporte, específicamente:

  • Velando por que todos los alumnos disfruten de programas de prácticas de deportes, de actividades recreativas y de educación física, así como de las instalaciones precisas, y procurando que se habiliten para ello unos horarios adecuados.
  • Garantizando la formación de profesores cualificados en todas las escuelas.
  • Ofreciendo, después del periodo de escolarización obligatoria, la posibilidad de que los jóvenes continúen practicando deportes.
  • Alentando el establecimiento de vínculos adecuados entre las escuelas y otras instituciones de enseñanza, los clubes deportivos escolares y los clubes deportivos locales.
  • Facilitando y alentando el acceso a las instalaciones deportivas de los escolares y de los habitantes de la entidad local.
  • Fomentando un estado de opinión en el que los padres, profesores, entrenadores y dirigentes estimulen a los jóvenes para que practiquen el deporte con regularidad.

Las actuaciones de este plan son:

La consecución de las finalidades indicadas se han materializado en las siguientes actuaciones:

  1. Dotación de instalaciones deportivas en los Centros públicos escolares.
  2. Construcción de instalaciones de doble uso, es decir, instalaciones que teniendo preferencia de uso por parte de los escolares son también utilizadas por los ciudadanos del entorno. Para regular este doble uso, se han establecido los acuerdos de uso y gestión entre la Autoridad Educativa de la CCAA y el Ayuntamiento.
  3. Realización de cursos de actualización y perfeccionamiento del profesorado de Educación Física.
  4. Dotación de material deportivo a los centros escolares, adscritos a las instalaciones deportivas construidas.

 

 

5.- CONCLUSIÓN

A lo largo del tema hemos defendido que para poder llevar a cabo una promoción adecuada de las Actividades Físico Deportivas (AFD)a nivel local, es necesario considerar el importante papel que desarrollan los Municipios, dotando a los mismos de recursos adecuados sin los cuales se reduciría bastante la posibilidad de práctica.

Empezamos viendo qué se entiende por Municipio y qué legislación regula sus competencias, contemplando la relación que se establece con la Actividad Física (AF).

A continuación seguimos analizando los recursos necesarios para la adecuada promoción de esta AFD a nivel local, atendiendo a los recursos materiales y humanos.

Para finalmente detenernos en las implicaciones del Municipio con el Centro docente, con respecto al currículo de Educación Física (EF).

Hemos explicado un tema de gran relevancia ya que el Centro escolar constituye uno de los núcleos de interés que puede contribuir al desarrollo de las capacidades así como de valores que incidan en una práctica de AF saludables y educativas.

Y como dice la LOMCE “La transformación de la educación no depende sólo del sistema educativo. Es toda la sociedad la que tiene que asumir un papel activo. La educación es una tarea que afecta a empresas, asociaciones, sindicatos, organizaciones no gubernamentales, así como a cualquier otra forma de manifestación de la sociedad civil y, de manera muy particular, a las familias. El éxito de la transformación social en la que estamos inmersos depende de la educación. Ahora bien, sin la implicación de la sociedad civil no habrá transformación.”

 

 

6.- REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Y NORMATIVA

  • Aguilera, Antonio. (1992). Estado y Deporte. Granada: Comares.
  • De Andrés Fernando, Delgado Lacoba Carlos. (1995). Política deportiva Municipal. El nuevo papel de las corporaciones locales. Colección deporte y Municipio. CSD.
  • Normativa de instalaciones deportivas y de esparcimiento. NIDE. CSD y MEC.
  • Plan de extensión de la Educación Física escolar. (1988) CSD y MEC.
  • Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE 10-12-2013).
  • Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico para Secundaria y Bachillerato (BOE 03-01-2015).
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