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Las necesidades educativas especiales de los alumnos y de las alumnas con deficiencia mental. Aspectos diferenciales en el desarrollo de la comunicación y del lenguaje. Identificación de las necesidades educativas especiales en estos alumnos.

Resumen tema 16 oposiciones audición y lenguaje

 

Autor: Justo Fernando Ramos Alía

Esquema

  1. Introducción.
  2. Las necesidades educativas especiales de los alumnos y de las alumnas con deficiencia mental.

2.1.- Evolución del concepto. De la deficiencia mental a la discapacidad intelectual
2.2.- Etiología
2.3.- Incidencia y prevalencia

2.4.- Clasificación de la discapacidad intelectual
2.5.- Características
2.6.- Las necesidades educativas de estos alumnos y alumnas

3. Aspectos diferenciales en el desarrollo de la comunicación y el lenguaje.

4. Identificación de las necesidades educativas especiales en estos alumnos.

4.1.- Principios generales para la evaluación y la intervención 

4.2.- Desarrollo e identificación de necesidades

5.- Conclusiones. 

6.- Bibliografía

 

1. Introducción

A partir del concepto de necesidades educativas especiales vamos a profundizar en el concepto, diagnóstico, características y clasificación de la deficiencia mental o discapacidad intelectual, según la terminología del DSM-5 (Diagnostic and Satatistical Manual of Mental Disorders), publicado por la Asociación Americana de Psiquiatría (A.P.A.) en el año 2013.

Los alumnos con discapacidad intelectual o trastorno del desarrollo intelectual (DSM-5) se incluirían dentro de lo que la Ley Órgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; texto consolidado con las modificaciones introducidas en su artículo único por la Ley Órgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, denomina “alumnado que presenta necesidades educativas especiales” (Título II: Equidad en la Educación; Capítulo I: Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo; Sección 1a, artículos 73 al 79bis); que a su vez se incluyen dentro del “Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo” (Título II, Capítulo I). En el artículo 71 se menciona que “Las Administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general(…) Las Administraciones educativas deben asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar, puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado(…) La atención integral al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo se iniciará desde el mismo momento en que dicha necesidad sea identificada y se regirá por los principios de normalización e inclusión (…)”. En el artículo 72 destaca: Las Administraciones educativas dispondrán del profesorado de las especialidades correspondientes y de profesionales cualificados, así como de los medios materiales precisos para la adecuada atención a este alumnado (…)”. En el artículo 73 se define el concepto de alumnado que presenta necesidades educativas especiales: “Se entiende por alumnado que presenta necesidades educativas especiales, aquél que requiera, por un período de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta (…)”. En el artículo 74 se resalta que: “La escolarización del alumnado que presenta necesidades educativas especiales se regirá por los principios de normalización e inclusión (…) pudiendo introducirse medidas de flexibilización de las distintas etapas educativas, cuando se considere necesario. La escolarización de este alumnado en unidades o centros de educación especial, que podrá extenderse hasta los veintiún años, sólo se llevará a cabo cuando sus necesidades no puedan ser atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios.

Una vez analizados el concepto, la etiología, la incidencia y prevalencia, la clasificación y las características de la Discapacidad Intelectual o Trastorno del Desarrollo Intelectual, pasaremos a contextualizarlo, primero en el ámbito educativo general, y después en el ámbito específico de los aspectos diferenciales de la comunicación y el lenguaje, finalizando el tema con la identificación de las necesidades educativas especiales de estos alumnos, así como con un análisis de los diferentes métodos e instrumentos para dicha identificación.

 

2. Las necesidades educativas especiales de los alumnos y de las alumnas con deficiencia mental.

2.1.- Evolución del concepto. De la deficiencia mental a la discapacidad intelectual

El término de “deficiencia mental” comienza a imponerse en la literatura científica a partir de la década de los años 80 y 90, desde el momento que se considera que no sólo los factores hereditarios determinan la “presencia de un desarrollo cognitivo incompleto o detenido”, en una determinada etapa del desarrollo, lo que provoca que el sujeto no siga avanzando evolutivamente, especialmente en las áreas cognitiva, lingüística y motriz.

2.2.- Etiología

La discapacidad intelectual ha sido considerada tradicionalmente como el resultado de diversos factores, destacando los factores hereditarios, los fisiológicos y los ambientales (socioculturales). A pesar de la enorme heterogeneidad de factores que pueden determinar este trastorno, los especialilstas suelen distinguir dos grandes grupos:

a) Factores orgánicos -Genéticos

-Otros (Prenatales, Perinatales y Postnatales)

b) Factores ambientales -Culturales y familiares

 

2.3.- Incidencia y prevalencia

En primer lugar, conviene aclarar ambos conceptos, ya se suelen utilizar indistintamente, dando lugar a confusión. Incidencia hace referencia al número de casos existentes a lo largo de un período de tiempo determinado. Prevalencia es un concepto que se refiere el número detectado de casos en un momento determinado.

Desde el punto de vista estadístico, y partiendo de una distribución normal de cocientes intelectuales, lo que se espera es que el 2,28% de la población se sitúe dos desviaciones típicas por debajo de la media, lo que nos daría la población con discapacidad intelectual, siguiendo el criterio cuantitativo de capacidad intelectual de la A.A.M.D. (Asociación Americana de la Deficiencia Mental). El porcentaje detectado habitualmente es del 3%, siempre considerando únicamente el nivel intelectual de los sujetos para determinar la prevalencia. Si además tenemos en cuenta la conducta adaptativa, el porcentaje se reduce al 1%

2.4.- Clasificación de la discapacidad intelectual

La clasificación de la Organización Mundial de la Salud (O.M.S.) es la más aceptada entre los profesionales:
-Discapacidad intelectual profunda.
-Discapacidad intelectual severa.

-Discapacidad intelectual moderada. -Discapacidad intelectual leve o ligera.

2.5.- Características

-Discapacidad intelectual leve: Sujetos con C.I. entre 69 y 50. A menudo difíciles de diferenciar de otros trastornos del desarrollo en la infancia. Se trata de sujetos que suelen adquirir el lenguaje más tarde que los niños de la misma edad. Lo mismo ocurre con otras adquisiciones y aprendizajes. Adquieren habilidades para adaptarse aceptablemente y poder seguir una conversación no muy compleja. Suelen conseguir independencia completa para su autonomía personal, aunque van adquiriendo con cierto retraso respecto al resto de los niños. También son capaces de realizar tareas cotidianas, tareas domésticas.

2.6.- Las necesidades educativas de estos alumnos y alumnas

Las necesidades educativas de estos alumnos derivan de sus características, de sus intereses, motivaciones y expectativas, así como de su historia de aprendizajes escolares. Veamos las principales necesidades, agrupadas por áreas:

  • Físicas.
  • Cognitivas.
  • De personalidad y relaciones sociales.

 

3.- Aspectos diferenciales en el desarrollo de la comunicación y el lenguaje.

Si ya de por sí es difícil determinar características generales de los niños/as con discapacidad intelectual, podemos afirmar que más complicado aún es realizar descripciones generales de las habilidades lingüísticas y comunicativas de estos sujetos. Otra característica fundamental en ellos es que el nivel de desarrollo del lenguaje oral y de lectoescritura de estos alumnos presenta una gran variabilidad. Así, nos podemos encontrar con algunos alumnos con discapacidad intelectualal que llegan a la E.S.O. con niveles bajos en su lenguaje, tanto en el ámbito de la comprensión como en el de la expresión; pero también es cierto que no serán los únicos alumnos que tendrán este tipo de dificultades. Y, en el otro extremo, podemos encontrarnos con sujetos con discapacidad intelectual severa o profunda que únicamente alcanzan a desarrollar aspectos muy rudimentario de comunicación con los demás.

En general, suele admitirse como un indicar básico del desarrollo mental de un sujeto su capacidad para comunicarse verbalmente. En este sentido, un mayor nivel de discapacidad intelectual correlaciona con un mayor retraso en el desarrollo de las habilidades lingüísticas.

 

4.- Identificación de las necesidades educativas especiales en estos alumnos.

4.1.- Principios generales para la evaluación y la intervención

La evaluación de las necesidades educativas de estos alumnos debe enmarcarse dentro de una evaluación global e individualizada, donde se puedan describir las características, intereses, motivaciones y necesidades de cada niño, abarcando todos los aspectos de su personalidad. En este sentido, no debemos olvidar que el objetivo fundamental en la educación de estos niños (como en el resto) es favorecer el desarrollo integral de su personalidad, adquiriendo en este sentido un protagonismo muy destacado las competencias, incorporadas al currículo con la LOE (2006) y con la LOMCE (2013).

Para llevar a cabo esta evaluación global es necesaria la participación de distintos profesionales: maestros, médico-pediatra, psicólogo, pedagogo, asistente social, etc.

4.2.- Desarrollo e identificación de necesidades

La identificación de las necesidades de estos alumnos podemos agruparlas por los distintos aspectos que configuran su personalidad, partiendo de sus características, potencialidades y deficiencias:

  • Aspectos físicos.
  • Aspectos de desarrollo motor.
  • Aspectos cognitivos.
  • Aspectos comunicativo-lingüisticos.
  • Habilidades sociales.
  • Competencia curricular.
  • Análisis del cotexto.

 

5.- Conclusiones

El concepto actual de discapacidad intelectual, la ampliamente demostrada modificabilidad cognitiva y el concepto actual de necesidades educativas han permitido un cambio espectacular en la perspectiva asistencial y, sobre todo, educativa de estos niños, especialmente en aquellos que pueden escolarizarse en centros ordinarios, a partir del desarrollo de los principios de normalización e inclusión, tal como se plasma en el programa de integración escolar.

La identificación de las necesidades educativas específicas del ámbito de la comunicación y del lenguaje no puede hacerse independientemente de la evaluación general de cada niño y de su contexto. Igualmente, la planificación de la intervención en el ámbito del lenguaje y la comunicación debe hacerse de forma conjunta del resto de intervenciones, y teniendo en cuenta el contexto familiar, escolar y social del niño.

La respuesta educativa que se planifique para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo (donde se incluyen los a.c.n.e.e.) debe tomar, al igual que con el resto del alumnado, la adquisición de las competencias como referente básico dentro del desarrollo integral de la persona; ajustando dicha respuesta educativa a las necesidades específicas, características e intereses de cada alumno, en cada momento y en cada contexto educativo concreto. En este sentido, cabe destacar que siguiendo las directrices del Parlamento Europeo y del Consejo, especialmente a través de la Recomendación 2006/962/EC, de 18 de diciembre de 2006, el currículo actual en nuestro sistema educativo, a partir de la Ley Órgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, y su desarrollo normativo posterior; se centra en las denominadas “competencias clave” para el aprendizaje permanente. La competencia implica la combinación de habilidades prácticas, conocimientos, motivación, actitudes, valores éticos, emociones y otros componentes sociales y de comportamiento que se movilizan conjuntamente para conseguir una acción eficaz.

Las competencias se pueden desarrollar en los distintos contextos en los que el sujeto se desenvuelve, tanto en el contexto educativo formal, a través del currículo, como en los contextos educativos no formales e informales. Las competencias constituyen un “saber hacer” aplicable a una diversidad de contextos académicos, sociales y profesionales. Para que la transferencia a distintos contextos se produzca es indispensable una comprensión del conocimiento presente en las competencias, así como la vinculación de éste con las habilidades prácticas o destrezas que las integran.

El aprendizaje por competencias favorece los propios procesos de aprendizaje y la motivación por aprender, gracias a la interrelación entre sus componentes: el concepto se aprende conjuntamente al procedimiento de aprender dicho concepto.

Así pues, nuestro actual sistema educativo asume la denominación de “competencias clave” definidas por la Unión Europea, considerando que dichas competencias son aquellas que todas las personas precisan para su realización y desarrollo personal, así como para la ciudadanía activa, la inclusión social y el empleo. Para cada competencia clave se describen los conocimientos, las capacidades y las actitudes esenciales vinculadas a cada una de ellas. Se identifican siete competencias clave: 1o Comunicación lingüística.

2o Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.
3o Competencia digital.
4o Aprender a aprender.

5o Competencias sociales y cívicas.
6o Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor. 7o Conciencia y expresiones culturales.

Dentro de las siete competencias clave cabe destacar la competencia de la “comunicación lingüística”, plenamente relacionada con el tema que nos ocupa, así como con la especialidad del maestro en audición y lenguaje. A ello hay que añadir que esta competencia, junto con la competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología, está estrechamente relacionada con los aprendizajes instrumentales, tal como se recoge en el desarrollo normativo del currículo por parte de las distintas administraciones educativas.

Por último, destacar la necesidad del trabajo en equipo, de la necesidad de la intervención multidisciplinar con estos niños, factor básico para conseguir los objetivos educativos diseñados para todos los alumnos, si bien adaptados a las características y necesidades específicas de cada alumno con discapacidad intelectual.

 

6.- Bibliografía

– Asociación Americana de Discapacidades Intelectuales y del Desarrollo (AAIDD) (2010). Discapacidad intelectual: Definición, clasificación y sistemas de apoyo (11a edición). Madrid: Alianza Editorial. – American Psychiatric Association (2013). Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders. Fifth Edition. DSM-5. Washington, D.C.: American Psychiatric Publishing.

– Asociación Americana de Psiquiatría (2018). DSM-5. Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales. Quinta edición. Buenos Aires: Editorial Panamericana.
– Busto, C. (2007). Manual de logopedia escolar: Niños con alteraciones del lenguaje oral en educación infantil y primaria. Madrid: CEPE.

– East, V. y Evans, L. (2010). Guía práctica de las necesidades educativas especiales. Madrid: Morata.
– Gallardo, J. R. y Gallego, J. L. (2003, 4a ed.). Manual de logopedia escolar. Málaga: Ediciones Aljibe.

– Gallego, J. L. (2006). Enciclopedia temática de logopedia. Málaga: Aljibe.
– García Sánchez, J.N. (Coord.) (2009): Intervención psicopedagógica en los trastornos del desarrollo. Madrid: Pirámide.

– Gento, S. (2003). Educación especial. Madrid: Sanz y Torres.
– Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. B.O.E. del 10 de diciembre de 2013.

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